En respuesta a una petición de orden de mandato presentada por AHF sobre la adjudicación de un contrato sin licitación por parte del condado de Los Ángeles, un tribunal estatal de California determinó que “…el condado abusó de su discreción al renunciar a los procesos de licitación y negociación competitiva porque no no tomó una determinación adecuada de que la contratación a través de una licitación competitiva no era factible”, en su adjudicación de un contrato para los servicios de Administración de Casos de Transición para Jóvenes (TCMY) a la Coalición Realista de Educación en Acción para Fomentar la Salud (REACH).
El fallo de la corte destaca la práctica actual del condado de otorgar ilegalmente contratos de una sola fuente sin licitación.
El año pasado, la Corte encontró dos veces que el Departamento de Servicios de Salud del Condado de Los Ángeles violó la ley al otorgar ilegalmente un contrato "sin licitación" de $ 75 millones a un proveedor favorecido para servicios de administración de beneficios de farmacia sin una licitación competitiva o una negociación competitiva y otorgó a AHF casi $ 400,000 en honorarios legales.
LOS ÁNGELES (10 de marzo de 2014) Por tercera vez en menos de dos años, un juez del Tribunal Superior del Estado de California determinó que el Condado de Los Ángeles ha violado una vez más la ley y 'abusado de su discreción' en otorgar un contrato sin licitación a un proveedor sin una licitación competitiva o una negociación competitiva según lo exige la ley. En respuesta a una petición en busca de una orden de mandato presentada por AIDS Healthcare Foundation (AHF) sobre la adjudicación de otro contrato sin licitación por parte del condado de Los Ángeles, un tribunal estatal de California determinó que “…que el condado abusó de su discreción al renunciar a la licitación competitiva y procesos de negociación porque no tomó una determinación adecuada de que la contratación a través de una licitación competitiva no era factible”, en su adjudicación de un contrato de servicios de Manejo de Casos de Transición para Jóvenes (TCMY) a la Coalición Realista de Educación en Acción para Fomentar la Salud (REACH).
“Los funcionarios del condado ya deberían haber aprendido: la tercera vez no es la vencida”, dijo Michael Weinstein, presidente de AIDS Healthcare Foundation. “Una vez más, el condado de Los Ángeles ha sido sorprendido infringiendo la ley y abusando de su discreción al entregar ilegalmente contratos sin licitación de una sola fuente a proveedores sin adherirse a los procesos de licitación y negociación competitivos requeridos legalmente. Los funcionarios del condado continúan desperdiciando la confianza del público en casos que nunca se habrían presentado si el condado simplemente hubiera seguido la ley en primer lugar”.
Este último fallo de la Corte contra el Condado destaca la práctica continua del Condado de otorgar ilegalmente contratos de una sola fuente sin licitación. El año pasado, la Corte Superior del Estado de California encontró dos veces que el Departamento de Servicios de Salud del Condado de Los Ángeles violó la ley al otorgar ilegalmente un contrato 'sin licitación' de $75 millones a un proveedor favorecido para servicios de administración de beneficios de farmacia sin una licitación competitiva o un contrato competitivo. negociación. En los casos, el Tribunal otorgó a AHF un total de casi $400,000 en honorarios legales.
En su 'Decisión y Orden Concediendo en parte, y Denegando, en Parte, Auto de Mandato', emitida el 7 de marzo de 2014, el Honorable Luis A. Lavin, Juez de la Corte Superior escribió:
“En resumen, el Condado abusó de su discreción al ejecutar el contrato REACH a través de un proceso no competitivo. Sencillamente, el Condado no ha demostrado que no fuera factible continuar con el contrato a través de la competencia. Sin embargo, de acuerdo con la naturaleza equitativa del remedio del mandato, el Tribunal determina que la rescisión inmediata del contrato REACH no es de interés público”.
“En su Solicitud de Contrato REACH por escrito, el Condado justifica su decisión de buscar REACH sin realizar un proceso de licitación competitivo al afirmar que creía que REACH era la única organización calificada para brindar servicios TCMY. (Anexo 89:24) En la solicitud, el Condado admite que consideró e investigó a otros proveedores que atienden a jóvenes a través de programas de administración de casos; sin embargo, el Condado no explica por qué este proceso no pudo haberse llevado a cabo a través de una licitación pública. (Prueba 89:24)”
“El juez Lavin también señala que el condado no pudo explicar por qué no era factible investigar y descartar a los otros proveedores considerados a través de un proceso de licitación competitivo, en lugar de confiar en la determinación independiente y no competitiva del condado de que su proveedor elegido era el único proveedor calificado para este contrato de servicios de administración de casos”, agregó Weinstein de AHF. “Este es otro ejemplo de cómo los funcionarios del condado de Los Ángeles administran mal sus deberes y el dinero de los contribuyentes al otorgar de manera inadmisible decenas de millones en contratos a proveedores favorecidos sin seguir la ley, algo que debe cesar de inmediato”.