Por segunda vez, el juez anula la ley de California que reduciría las tarifas de Medi-Cal a los proveedores de la red de seguridad

In Noticias por AHF

En un fallo de la semana pasada, el juez del Tribunal Federal de Distrito Manuel L. Real reafirmó su fallo y orden judicial anteriores, deteniendo así la aplicación de una ley estatal que reduciría drásticamente las tasas de reembolso de Medi-Cal por medicamentos dispensados ​​por AHF y otros proveedores de redes de seguridad.

 

AHF presentó su demanda por primera vez en 2009 para evitar que California de ignorar federal

cuando se trata de controlar los costos de los medicamentos.

 

LOS ÁNGELES (24 de junio de 2014) En un fallo emitido la semana pasada, el juez federal de distrito Manuel L. Real (Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Central de California, caso n.º CV 09-8199-R) reafirmó su sentencia anterior de mayo de 2013 y su mandato judicial permanente contra California que impide al estado realizar y continuar con recortes drásticos a las tasas de reembolso de medicamentos dispensados ​​por proveedores de la red de seguridad, incluidos AIDS Healthcare Foundation (AHF) y otros que atienden a pacientes de Medi-Cal (Medicaid). En el primer fallo del tribunal de mayo de 2013, el juez ordenó la aplicación de la sección 14105.46 del Código de Bienestar e Instituciones de California porque se promulgó sin considerar su impacto en los beneficiarios de Medi-Cal, en violación de la ley federal. Posteriormente, el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS) de California apeló, pero durante la apelación, la agencia federal que supervisa el establecimiento de tarifas de Medicaid (los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid, de CMS) aprobó una enmienda al Plan Estatal de Medicaid de California que incluía la misma tarifa. cortes contenidos en la Sección 14105.46. El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito anuló la sentencia y envió el asunto de vuelta al tribunal de primera instancia para evaluar el impacto de la aprobación de CMS. Después de considerar el asunto, el tribunal dictaminó que la aprobación no cambiaba el hecho de que la ley estatal se promulgó de manera inválida y no podía aplicarse y reafirmó la orden judicial contra la aplicación de la ley.

“Al tratar de reducir sus costos de atención médica hace varios años, California aprobó una ley que exige a los proveedores de la red de seguridad como AHF que solo compren los llamados 'medicamentos 340B' (medicamentos comprados a través de un programa federal de descuento de medicamentos) para su uso y reembolso estatal por —El programa Medicaid de California”, dijo Tom myers, Consejero General y Jefe de Asuntos Públicos de AIDS Healthcare Foundation. “AHF demandó, y esa ley fue invalidada; sin embargo, los Centros Federales de Servicios de Medicare y Medicaid aprobaron posteriormente la reducción de tarifas contenida en la ley de California. Sin embargo, quedaba una pregunta: ¿esa aprobación federal posterior validó y legalizó la ley anterior de California que permitía recortes de reembolso tan drásticos? Nos complació saber que en su fallo de la semana pasada, el juez Real dijo 'no', la ley de California sigue siendo inválida”.

En su demanda legal de 2009, AHF afirmó, “Desafortunadamente, e ilegalmente, el Estado de California ha tratado de abordar sus problemas presupuestarios al reducir las tasas de pago de Medi-Cal a proveedores médicos de la red de seguridad sin fines de lucro, pagando menos a estos proveedores de lo que les paga a las empresas con fines de lucro por los mismos servicios. .”  El traje agregó, "...el Estado ha promulgado una ley que (1) viola las garantías constitucionales federales y estatales de igual protección, (2) se entromete de manera inadmisible y es anulada por la ley federal específicamente destinada a proporcionar un beneficio financiero a los proveedores de redes de seguridad sin fines de lucro como AHF, y ( 3) viola la ley federal que cubre el programa de Medicaid”.

“Los recortes de tasas que los funcionarios de California obligaron a los proveedores de la red de seguridad de Medi-Cal corrían el riesgo de reducir al mínimo los servicios de farmacia que salvan vidas para los pacientes con SIDA que dependen de AHF u otros proveedores sin fines de lucro para su sustento”, dijo miguel weinstein, Presidente de la Fundación de Salud del SIDA. “Creíamos que las acciones de California —tratar de equilibrar su presupuesto a costa de algunos de los ciudadanos más pobres y vulnerables exprimiendo a los proveedores de redes de seguridad como AHF— no solo eran ilegales según las leyes estatales y federales, sino que también amenazaban la existencia misma de dichos proveedores sin fines de lucro. Estamos agradecidos de que el Juez Real reafirmó y confirmó su fallo otorgando una medida cautelar permanente que bloquea la implementación de la ley”.

“Cuando promulgó la Sección 14105.46, California necesitaba cumplir con la ley federal al considerar el impacto de los recortes en las tarifas de los proveedores en los beneficiarios de Medi-Cal. El DHCS admitió ante el tribunal que ni él ni la Legislatura consideraron este impacto antes de que la Legislatura se apresurara a promulgar la Sección 14105.46 en 2009. Nada de lo que ha sucedido desde entonces puede cambiar esa historia, por lo que el tribunal reafirmó su orden judicial, brindando alivio a miles de proveedores de redes de seguridad que luchan”, dijo Laura Boudreau, Jefe de Operaciones de AIDS Healthcare Foundation.

 

Antecedentes del Programa Federal 340B:

Reducción de los precios de los medicamentos para los proveedores de la red de seguridad a fin de avanzar en sus misiones

La Ley de Atención Médica para Veteranos de 1992 creó lo que ahora se conoce comúnmente como el Programa 340B. Un componente de esta Ley requiere que los fabricantes de medicamentos proporcionen medicamentos para pacientes ambulatorios a entidades específicas a un precio reducido. Para las entidades participantes, el precio reducido permite un ahorro promedio de aproximadamente un 20 % en la compra de medicamentos recetados.

Las entidades elegibles para participar en el programa 340B son, en general, proveedores médicos de la red de seguridad gubernamental y sin fines de lucro, que brindan atención médica principalmente a personas indigentes y de bajos ingresos. AHF puede participar en el programa 340B porque brinda atención médica a personas con VIH/SIDA bajo la Ley Ryan White CARE, un programa federal diseñado para brindar atención a estadounidenses indigentes con VIH/SIDA.

Los ahorros del programa 340B funcionan de dos maneras. Primero, las entidades que pagan y distribuyen medicamentos directamente, pueden comprar estos medicamentos a un precio más bajo y, por lo tanto, pueden comprar más medicamentos para brindar más servicios o utilizar los ahorros para brindar otros servicios. En segundo lugar, para las entidades que compran los medicamentos pero son reembolsados ​​por un tercero (como un plan de seguro), el programa 340B permite una mayor diferencia entre el costo de compra y la tarifa de reembolso, lo que genera recursos adicionales para la entidad sin fines de lucro.

Las entidades participantes de 340B pueden utilizar los ahorros de las compras de medicamentos de numerosas maneras para promover sus misiones gubernamentales y sin fines de lucro como proveedores de redes de seguridad. Las entidades que participan en el programa 340B suelen utilizar los ahorros para:

  • Aumentar el número de pacientes atendidos;
  • Compensar las pérdidas por la prestación de servicios de farmacia por menos de la compensación total;
  • Reducir los precios de las recetas para los pacientes; y
  • Aumentar los servicios prestados.

Sección 14105.46: Cómo se produjo el recorte de reembolso para los proveedores de la red de seguridad en 2009

La Sección 14105.46 del Código de Bienestar e Instituciones de California, que requiere que los proveedores de la red de seguridad facturen y reciban un reembolso de Medi-Cal a su costo real de adquisición 340B más una tarifa de dispensación nominal, se promulgó el 28 de julio de 2009, cuando, después de la conclusión del Cuarto Extraordinario Sesión de la Legislatura (para abordar la crisis presupuestaria del estado), el gobernador Schwarzenegger firmó el proyecto de ley de presupuesto de sesión especial y el proyecto de ley de la asamblea X4-5 (el proyecto de ley de avance de atención médica de sesión especial). Antes de la ley, los proveedores de la red de seguridad podían optar por renunciar al descuento 340B, obtener medicamentos al precio mayorista normal y ser reembolsados ​​por el precio de lista de Medi-Cal, al igual que otras farmacias. La sección 14105.46 cambió esto al eliminar esta opción y obligar a los proveedores de la red de seguridad a facturar y recibir un reembolso en una cantidad mucho menor, una cantidad que el propio DHCS reconoció que no cubría los costos de los proveedores de comprar y dispensar medicamentos a los beneficiarios de Medi-Cal.

Debido a los recortes en todo el estado y los cambios estatutarios, los proveedores de atención médica han dejado de manera constante el programa Medi-Cal, lo que dificulta cada vez más que los pacientes con Medi-Cal encuentren la atención y los servicios adecuados. A pesar del éxodo de proveedores de atención médica del programa, la legislatura de California ha seguido promulgando leyes que probablemente reducirán aún más la participación de los proveedores en Medi-Cal. La Sección 14105.46 ya no está en las filas de dichas leyes.

AHF: Con 3 votos, el proyecto de ley sobre condones en la pornografía de California (AB 1576) es aprobado por el Comité Laboral del Senado
AHF en el Día Nacional de la Prueba del VIH, viernes 27 de junio: '¡Mantenga la calma y hágase la prueba!